Ahir al vespre Francesc i jo mos dirigiem a la pizzeria quan vam topar en Jaume que duie a la mà un feix de papers, entre los quals hi havie un contracte de mestra de l'any 1923 que li havien enviat fa temps per correu. Llegiu-lo que és boníssim, al menos des del punt de vista d'algú que no l'ha de firmar.
Contrato de Maestras en 1923
Este es un acuerdo entre la señorita...........................maestra, y el Consejo de Educación de la Escuela......................por la cual la señorita ......................acuerda impartir clases durante un período de ocho meses a partir del.......... de septiembre de 1923. El Consejo de Educación acuerda pagar a la señorita....................... la cantidad de (*75) mensuales. La señorita.......................acuerda:
1.- No casarse. Este contrato queda automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2.- No andar en compañía de hombres.
3.- Estar en su casa entre las 8:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana a menos que sea para atender función escolar.
4.- No pasearse por heladerías del centro de la ciudad.
5.- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6.- No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7.- No beber cerveza, vino ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encuentra a la maestra bebiendo cerveza, vino y whisky.
8.- No viajar en coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9.- No vestir ropas de colores brillantes.
10.- No teñirse el pelo.
11.- Usar al menos 2 enaguas.
12.- No usar vestidos que queden a más de cinco centimetros por encima de los tobillos.
13.- Mantener limpia el aula:
1. Barrer el suelo al menos una vez al día.
2. Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente.
3. Limpiar la pizarra al menos una vez al día.
4. Encender el fuego a las 7:00, de modo que la habitación esté caliente a las 8:00 cuando lleguen los niños.
14.- No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
Buscant per internet m'he trobat en diverses hipòtesis sobre la procedència del contracte, que si ere de l'Espanya de Primo de Rivera, Argentí, americà... al final resulte que està extret del llibre
"MAESTROS Y TEXTOS, Una economía política de las relaciones de clase y sexo en educación" de Michael W. Apple de l'editorial Paidós, sobre l'història i evolució del sistema educatiu americà. Si no fos per lo de les geladeries podrie ser vàlid per qualsevol dels molts països que encara tenien la dona com un complement en aquella època. I es que si mireu esta pàgina de lleis estúpides veureu la por que li tenen los iankis als gelats!